La Asamblea Nacional, de mayoría opositora, aprobó una consulta popular que busca refrendar el rechazo a todas las elecciones que sean convocadas a futuro mientras no existan garantías democráticas en el país. Esto implica tácitamente la continuidad administrativa de la Asamblea Nacional electa en 2015 y, por lo tanto, del gobierno interino de Juan Guaidó.
El abogado, especialista en derecho administrativo, Gustavo Linares Benzo considera que la continuidad de la legislatura, cuyo periodo termina el 5 de enero de 2021, sí procede ante la ausencia de elecciones libres y la falta absoluta que existe en la presidencia de la República, pues argumenta que Nicolás Maduro no fue electo por la voluntad popular.
Las elecciones presidenciales del 20 mayo de 2018 fueron desconocidas por más de 50 países, organizaciones nacionales de observación electoral, la Asamblea Nacional y la oposición venezolana. Entre otras razones porque fue convocada por la Asamblea Nacional Constituyente, impuesta inconstitucionalmente, y por la falta de garantías democráticas por la inhabilitación de políticos, la ilegalización de partidos y la ausencia de observación internacional.
Tras la elección, Benzo sostiene que aunque la Constitución no establece explícitamente qué se debe hacer ante una situación inédita como la que plantea una elección presidencial ilegítima, se debe aplicar el artículo 233 constitucional que señala que el presidente de la Asamblea Nacional debe suplir la falta absoluta del Presidente de la República si se produce dentro de los 30 días siguientes a la elección.
Este artículo es el principal soporte jurídico que el Poder Legislativo, de mayoría opositora, utilizó para justificar la juramentación de Juan Guaidó como presidente interino, hoy reconocido por más de 50 países.
Vacío de poder
Para Linares Benzo, la misma lógica que se aplicó para el gobierno interino aplica para justificar la continuidad administrativa de la Asamblea Nacional después del 5 de enero de 2021. “Las elecciones parlamentarias de diciembre no existen, son nulas, y los funcionarios que sean electos serán usurpadores porque son producto de unas elecciones que no respetan mínimamente la Constitución”, afirma.
Ante ese hecho, el abogado subraya que “el derecho no acepta el vacío de poder” y el presidente de la Asamblea Nacional y los diputados electos en 2015 deben continuar en ejercicio hasta que se produzcan elecciones competitivas en el país. “¿Qué pasaría si se suspenden las elecciones por el COVID-19?, ¿qué pasa el 5 de enero (de 2021), no hay Asamblea Nacional en Venezuela? No. Sigue la Asamblea Nacional hasta que se puedan hacer elecciones”, señala.
“Aquí el problema es interpretar qué significa que no hayan elecciones libres, pero en este momento esa interpretación es mucho más sencilla dado lo grotesco de las violaciones a la Constitución, el Consejo Nacional Electoral fue nombrado por el Tribunal Supremo de Justicia y no por la Asamblea Nacional, la presidenta del CNE (Indira Alfonzo) fue la que acabó con las dos terceras partes de la mayoría de la oposición incluso antes de que se instalara la Asamblea”, argumenta.
Según Benzo, corresponderá a la Asamblea Nacional determinar las garantías electorales. “Las condiciones en este momento son inexistentes, ahora, llegará un momento en que lo sean, y el único Poder Público que respeta la Constitución es la Asamblea Nacional y esta será la que terminará diciendo si hay condiciones para elecciones libres y transparentes en el país”, expresa.
No obstante, advierte sobre los riesgos de la continuidad administrativa: “El chavismo va a acusar a los diputados (electos en 2015) de ser usurpadores y los tribunales los van a detener, se van a tener que ir del país o estar en la clandestinidad, eso es lo que va a pasar al menos que ocurra un acuerdo o una negociación política”.
efectococuyo.com
Siguenos en Google News como: NOTICIAS VENEZUELA